FACTURA ELÉCTRONICA

FACTURA DE CRÉDITO ELÉCTRONICA

¡Si sos Pyme y emitís FCE, estos beneficios son tuyos!

Con la Ley 27.440 – Nuevo régimen de Facturas de Crédito, se busca mejorar las condiciones de financiación de las micro, pequeñas y medianas empresas, convirtiendo la Factura de Crédito Electrónica en un “Título Ejecutivo” negociable en el mercado bursátil.

¿Quiénes son alcanzados por éste régimen?

Aquellas que emitan facturas electrónicas por montos superiores a $299.555.

Aquellas incluidas en
el listado de AFIP

Existe la posibilidad de que las Pymes opten voluntariamente por ser receptoras de este documento, para esto deberán inscribirse en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica.

Con el nuevo Sistema de Circulación Abierta implementado a partir del 1ro de Abril del 2021, las FCE pueden descontarse y negociarse igual que un Echeq. 

CARACTERISTICAS Y BENEFICIOS

Al igual que en el circuito anterior, hay mayor certeza de cobro, ya que las facturas impagas son informadas a la Central de Deudores.

La Factura emitida por la MiPyme se va a poder gestionar desde el homebanking de cualquiera de las entidades financieras donde tenga cuenta bancaria, al igual que un echeq.

El Homebanking va a tener una dinámica similar al Registro de Facturas Mi Pyme de Afip, donde se pueden registrar las novedades y movimientos de cada FCE.

La Pyme no tiene responsabilidad solidaria de pago, ya que la responsabilidad de pago es 100% de la gran empresa receptora de la FCE.

El riesgo que se analiza es de la Empresa Grande, no de la Pyme.

No hay obligación de Negociación
de la Factura.